Prevención y reacción frente a los ciberataques
https://seguridad.prestigia.es/wp-content/uploads/2019/03/Prevencion-Riesgos-Ciber-Seguridad-1024x692.jpeg 1024 692 Prestigia Prestigia https://seguridad.prestigia.es/wp-content/uploads/2019/03/Prevencion-Riesgos-Ciber-Seguridad-1024x692.jpegLas empresas deberían ver el cumplimiento de la normativa como una oportunidad para ser más seguras y estar más protegidas frentes a los ciberincidentes
Según los últimos datos publicados por el Ministerio del Interior, las denuncias por incidentes en el ámbito digital han pasado de casi 50.000 denuncias en 2014 a más de 81.000 en 2017. Además, de estas últimas, solamente el 27,2 % se han esclarecido, lo cual pone de relieve las dificultades que existen para perseguir este tipo de delitos.
A medida que una organización crece en Internet, aumentan las posibilidades de sufrir un ataque, aumenta su grado de vulnerabilidad y resulta, por tanto, más necesario reforzar los mecanismos de prevención y de reacción, algunos de los cuales ya están previstos por el propio legislador.
El nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que consagra los principios de responsabilidad proactiva y de privacy by design en el sentido de exigir más responsabilidad a las organizaciones en el cumplimiento de la normativa, prevé una serie de herramientas que ayudan a las empresas a ser más cuidadosas con el tratamiento de los datos personales y a ser más robustas en el ámbito de la seguridad.
Las empresas deberían ver el cumplimiento de la normativa como una oportunidad para ser más seguras. Share on XAsí, actualmente, y según el RGPD, las empresas deben realizar –con carácter obligatorio– una evaluación de seguridad, que determine las medidas técnicas de seguridad más adecuadas a implantar en función de los riesgos detectados.
Además, cuando las actividades empresariales consistan en tratamientos masivos de datos sensibles o los departamentos de marketing realicen un volumen elevado de evaluaciones de perfiles (profiling), las empresas deberán someterse a un tipo de auditoría denominada “Evaluación de Impacto” que deberá determinar cómo tiene que realizarse dicho tratamiento para alinearse con los nuevos requisitos y principios de la normativa, y a designar una persona –el Delegado de Protección de Datos– que les guíe, acompañe y asista en dicho cumplimiento.
A nivel reactivo, conviene tener en cuenta que, cuando una entidad sufra un incidente o brecha de seguridad que afecte a datos personales deberá notificarlo a la Autoridad de Protección de Datos, a poder ser, en un plazo de 72 horas, siendo necesario informar previamente/sobre el asunto a los afectados, si se ha puesto en grave riesgo su intimidad.
Por otro lado, de acuerdo con el Real Decreto 12/2018, desde el pasado mes de septiembre las empresas que vendan o presten servicios en línea, de motores de búsqueda o de servicios cloud, que no sean microempresas o empresas pequeñas (esto es, que tengan más de 50 trabajadores o tengan un volumen de negocio superior a los 10 millones de euros) deberán realizar una evaluación de riesgos en materia de seguridad (distinta a la prevista por la normativa de protección de datos) que dé cobertura, como mínimo, a aspectos como la seguridad de los sistemas e instalaciones, la gestión de incidentes, la gestión de la continuidad de las actividades, la supervisión, auditorías y pruebas, y el cumplimiento de las normas internacionales.
También deberán notificar a las autoridades competentes (equipos de respuesta) los incidentes de seguridad que tengan efectos relevantes en la prestación de sus servicios digitales y resolver los mencionados incidentes, solicitando, en su caso, ayuda especializada, adoptar las medidas adecuadas para prevenir y reducir al mínimo el impacto de los incidentes y comunicar su actividad a la Secretaría de Avance Digital del Ministerio de Economía.
A pesar de que ambas regulaciones prevén sanciones administrativas muy elevadas (de hasta de 20 millones o el 4% del volumen de negocio del ejercicio fiscal anterior, en el ámbito de los datos y de hasta 10 millones de euros, en el ámbito de la ciberseguridad) las empresas deben ver el cumplimiento de dichas obligaciones no únicamente como una vía para evitarlas, sino como una oportunidad para ser más seguras y estar más protegidas frente a los ciberincidentes.
*Post invitado, por Eloi Font, director de Font Advocats, partner legal de Prestigia Seguridad
- Etiquetas de Post:
- ciberataque
- Ciberincidentes
- LGPD
- Publicado En:
- Ataques
- Seguridad en internet
También te puede gustar
Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.
Dejar una Respuesta